Área Metropolitana o Provincia: el debate de hoy en el Oriente
No podemos sustraernos de la discusión que hoy cubre todo el territorio del Oriente Antioqueño nacida de la propuesta enunciada por el gobernador Luis Pérez G. en el “Encuentro de Alcaldes del Oriente por la Paz y el Posconflicto” en el municipio de El Retiro, los días 12 y 13 del pasado mes de febrero. A medida que avance el debate seguiremos sumergiéndonos en el tema. Hoy quiero iniciar con un marco general del mismo, ofreciendo a los lectores la posibilidad de formarse una idea de lo que significan estas dos figuras y empezar a formar criterios de selección para una futura decisión. En próximos artículos buscaremos profundizar para mirar las implicaciones de una u otra opción.
Para comenzar digamos que ni la figura de Área Metropolitana del Oriente ni la de Provincia aparecen con la propuesta del gobernador. Ambas se empiezan a agitar en la década de los 90 del siglo pasado. La de Provincia, como propuesta ante la Asamblea Nacional Constituyente de 1991 presentada por el Centro de Altos Estudios de Quirama, según datos proporcionados por Nelson E. Restrepo R. de la Corporación Conciudadanía, consignados en el Periódico Nuestra Provincia, boletín informativo de la Asamblea Provincial Constituyente en su edición No. 7 de marzo de 2016. La misma publicación señala que en la misma década de los 90 la Junta Directiva de MASORA presentó un borrador de constitución del Área Metropolitana del Altiplano del Oriente Antioqueño, pero no contó con el aval de ningún alcalde al ser rechazada por la asociación de municipios del oriente, ACORA.
Desde entonces la propuesta de PROVINCIA se ha venido promoviendo y posicionando entre diferentes colectivos de la sociedad civil y se constituyó la Asamblea Provincial Constituyente del Oriente Antioqueño que los aglutina. En cuanto a su naturaleza, según la Ley 1454 de 2011 o Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, LOOT, digamos que es un esquema asociativo entre dos o más municipios contiguos, de un mismo Departamento y se constituye por Ordenanza, por solicitud de los Alcaldes municipales, el Gobernador, o el 10% de los ciudadanos que componen el censo electoral de los respectivos municipios, con el propósito de organizar conjuntamente la prestación de los servicios públicos, la ejecución de las obras de ámbito regional y la ejecución de proyectos de desarrollo integral, así como la gestión ambiental.
Por su lado, las Áreas Metropolitanas tienen su soporte legal en la Ley 1625 de 2013 que modificó la ley 128 de 1994, impulsada por la Cámara de Comercio del Oriente y otras entidades. Si bien se eliminó la condición de la conurbación entre los municipios asociados si se sigue hablando de los hechos metropolitanos entre sus temas de atención.
Antes de entrar a presentar los argumentos que se esgrimen en favor de cada una de estas dos figuras es conveniente dejar sentado lo pertinente que resulta la asociatividad para enfrentar los retos que ya tiene la región del oriente antioqueño y los próximos por llegar con la entrada en operación del túnel de oriente, la acelerada urbanización, entre muchos otros.
No se puede pasar por alto el mal sabor que deja la premura con la que se ha querido afrontar éste que debiera ser un proceso pausado, pedagógico, informado, hacia la ciudadanía que en un evento electoral deberá decidir en unos pocos meses si acoge la figura propuesta. Le escuchamos declaraciones al alcalde de Rionegro, promotor de primer orden de la figura del Área Metropolitana, en las cuales decía que esperaba que en el mes de marzo (pasado) se tuviera el grupo de municipios que se acogían a esta propuesta, que de todas maneras empezaba con los que fuera. Deja un tufillo de intereses poco claros este afán de echar a rodar la figura. En un ejercicio democrático de concertación, cuando lo que se quiere es acertar, todos los esfuerzos deben ponerse en la capacidad de convencimiento, con la fuerza de los argumentos, más que con la presión.
Para entrar en el análisis comparativo de estas dos formas de asociación entre municipios vecinos es necesario conocer muy bien las características de los municipios candidatos a pertenecer al grupo asociado y enfrentarlo a los objetivos buscados para juzgar sobre la pertinencia de las membresías. Es bien diferente partir de un grupo homogéneo de municipios con características asimilables y con un grado de desarrollo más o menos similar que encontrar diferencias marcadas entre miembros del grupo preseleccionado. Los objetivos buscados en uno y otro caso han de ser diferentes.
En próxima oportunidad entraremos a mirar los objetivos de cada una de las figuras, Área o Provincia, sus características y sus diferencias, los mecanismos de financiación, los resultados que se esperan de cada una de ellas.
Arturo Montoya Ramírez
Economista
Medellín, mayo de 2016